Protección de datos y redes sociales: cambios del RGPD

El nuevo Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea (RGPD) entró en vigor el 25 de mayo de 2018 y supone un importante cambio en el almacenamiento y tratamiento de la información personal de millones de personas. ¿Conoces los cambios de la nueva normativa en materia de protección de datos y redes sociales? Aquí tienes las claves.

Las novedades del RGPD en las redes sociales de empresa

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD o GDPR) es una normativa comunitaria que regula el tratamiento de datos personales en todos los países de la Unión Europea. Por primera vez, todos los países dispondrán de una legislación común, lo que beneficia a los ciudadanos, aunque obliga a las empresas a adaptar sus actividades de marketing y comunicación.

Principales novedades:

  • Para tratar datos personales, deberás obtener el consentimiento explícito de los usuarios. Por ejemplo, ya no podrás añadir a tu base de datos direcciones de email encontradas en páginas web.

  • Deberás comunicar cualquier infracción de protección de datos en un máximo de 72 horas, tanto a la autoridad correspondiente como a los usuarios afectados.

  • Solo se podrá obtener consentimiento de usuarios mayores de 16 años, aunque cada país puede rebajar esta edad.

  • Deberás explicar a los usuarios cómo, para qué y durante cuánto tiempo tratarás sus datos, de forma clara y comprensible.

  • El RGPD es obligatorio para todas las empresas que traten datos de ciudadanos europeos, aunque no estén físicamente en la UE. Las multas pueden alcanzar los 20 millones de euros.

  • Tendrás que disponer de un Delegado de Protección de Datos, interno o externo.

  • Si compartes datos personales con otras empresas, deberás asegurarte de que también cumplen el RGPD.

Cambios en las políticas de privacidad de Facebook

Facebook ha actualizado sus políticas de privacidad para adaptarse al RGPD. Entre las principales novedades:

  • Nuevas medidas para el acceso y uso del perfil por parte de adolescentes.

  • Mejora de las herramientas para acceder y descargar la información personal.

  • Cambios en la visualización y gestión de anuncios publicitarios.

  • Mayor transparencia sobre la información compartida desde dispositivos móviles.

Cambios en las políticas de privacidad de Twitter y LinkedIn

Twitter y LinkedIn también han adaptado sus políticas:

  • En Twitter, los usuarios pueden solicitar la descarga de su historial e información personal.

  • En LinkedIn, la gestión de los datos sigue siendo similar, aunque ahora puedes visualizar tu información incluso fuera de la plataforma.

Cambios en WhatsApp e Instagram

WhatsApp e Instagram, ambas propiedad de Facebook, también se han adaptado al RGPD.

Cambios más destacados:

  • Obligación de comunicar el uso de datos personales y obtener consentimiento expreso sobre los datos compartidos entre plataformas.

  • En WhatsApp, la edad mínima para su uso sube a 16 años.

  • En Instagram, ahora es posible descargar las publicaciones (fotos y vídeos) y consultar con más claridad el uso de datos.

¿Qué ocurre si no cumplo con el RGPD?

El incumplimiento del reglamento puede derivar en sanciones económicas muy elevadas.
La Agencia Española de Protección de Datos ofrece varias guías útiles, como:

  • Guía del RGPD para responsables del tratamiento.

  • Guía para el cumplimiento del deber de informar.

Es recomendable revisar la política de privacidad y los textos legales de tu web para garantizar que cumplen con el RGPD. Ante cualquier duda, puedes consultar las guías de la AEPD o contratar a un profesional.

En Resolving, agencia de marketing en Almería, te ayudamos a implantar el RGPD en tu negocio. ¿Estás actualizado ya? ¡Te ayudamos!